Puede UIF congelar cuentas sin orden judicial, determina Corte

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) puede bloquear cuentas bancarias sin necesidad de una orden de un juez.
Resolvieron los ministros la Acción de Inconstitucionalidad 58/2022 contra la reforma del 2022 a la Ley de Instituciones de Crédito para que la UIF pudiera congelar cuentas, con la condición de que haya indicios de financiamiento al terrorismo o lavado de dinero.
Con seis votos a favor y tres en contra, aprobó el máximo tribunal el proyecto de la ministra Loretta Ortiz Ahlf que determina que es constitucional y válida la reforma.
Votaron en contra los ministros Yasmín Esquivel Mossa, Giovanni Figueroa Mejía y Arístides Guerrero García, señalando posibles riesgos.
Se trata de una nueva decisión favorable al Ejecutivo Federal, respaldando la actuación de la UIF, órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público centrado en prevenir y combatir lavado de dinero y financiamiento al terrorismo.
En la discusión, la decisión aprobada argumenta que congelar cuentas es una medida cautelar que protege el sistema financiero y no declara culpable a una persona ni reemplaza las investigaciones en el ámbito penal, porque se trata de una acción administrativa preventiva.https://www.youtube.com/embed/xeXV19dnntg?si=HN8eF8hGzL0ZRaOf










